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Mostrando entradas de septiembre, 2021

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Es un bene铿乧io tributario que permite a las micro y peque帽as empresas con ventas anuales de hasta 1,700 UIT prorrogar el pago del IGV de un periodo tributario hasta por tres meses, bajo las caracter铆sticas y condiciones que a continuaci贸n iremos explicando. ¿Qui茅nes pueden acogerse? Que vendan bienes, presten servicios y/o ejecuten contratos de construcci贸n Micro y peque帽as empresas cuyas ventas anuales no sean superiores a 1,700 UIT (se toma como referencia la UIT vigente en el periodo anterior al de la opci贸n de pr贸rroga) Microempresa: Ventas anuales hasta 150 UIT. Peque帽a empresa: Ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto m谩ximo a 1,700 UIT ¿C贸mo se realiza el c谩lculo de las ventas anuales?   Precisemos que para efectos del c谩lculo de las ventas anuales deben tomarse en cuenta los montos de las ventas de los meses de enero a diciembre del a帽o anterior al periodo por el que se ejerce la opci贸n de pr贸rroga, seg煤n el r茅gimen tributario: R茅gimen General y RMT:  Ingre...

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En este R茅gimen Tributario se encuentran las personas que tienen un peque帽o negocio cuyos clientes son consumidores finales y aquellos que desarrollan un oficio (gasfitero, pintor, carpintero, otros). Ventajas que te ofrece este R茅gimen Tributario: 1.- No llevas registros contables. 2.- S贸lo efect煤as un pago mensual. 3.- Tendr谩s acceso al seguro de salud SIS Emprendedor. Podr谩s afiliar a tu esposa e hijos. El R茅gimen 脷nico Simplificado cuenta adem谩s con una categor铆a especial, la cual detallamos a continuaci贸n: Exclusiones No podr谩s acogerte al NRUS si realizas estas actividades: Transporte de carga en veh铆culos con capacidad mayor o igual a 2 toneladas. Servicio de transporte de terrestre nacional o internacional de pasajeros. Agencias de viajes propaganda y/o publicidad.

CAMBIO EN LA EMISION ELECTRONICAS DE LAS FACTURAS Y RECIBOS POR HONORARIOS

Poner de conocimiento que a partir  de septiembre de 2021, entr贸 en vigencia lo previsto en la  Resoluci贸n de Superintendencia N°  193-2020 / SUNAT , donde nos indican la obligaci贸n de indicar la forma de pago de los comprobantes electr贸nicos en cuanto se refiere a las facturas y Recibos por Honorarios.  Las caracter铆sticas que debe incorporarse al comprobante, son las condiciones siguientes:  1. Contado:  Si el importe total de la venta, cesi贸n en uso o servicio se paga en la fecha de su emisi贸n. 2. Cr茅dito:   Si el importe total de la venta, cesi贸n en uso o servicio se paga total o parcialmente en fecha posterior a la de su emisi贸n (*) En el caso que la condici贸n de pago sea al  CR脡DITO ,  se debe ingresar el monto neto pendiente de pago y la(s) fecha(s) de vencimiento del pago 煤nico o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota. El monto neto pendiente de pago NO incluye las retenciones del IGV, el monto de...